La jurisdicción penal es improrrogable, es decir, las partes no pueden someter el conocimiento y decisión de un asunto a otra autoridad que no sea la señalada en la Ley. El colectivo ya ha trasladado su apoyo al ministerio, aunque han enmendado la norma en un punto: apuestan por estar https://juzgadosen.com/provincia-de-gipuzkoa/juzgado-de-lo-penal-3-en-san-sebastian