En todos los casos de cambios, la COPRISCAM deberá comunicarlo a la Congregación Reguladora para su control y demás efectos previos en esta Ley y su Reglamento. Para que dicha entidad o institución califique como patrocinador, deberá cumplir con una de las siguientes condiciones: IV Cuando el establecimiento haya dejado https://holdenueseq.ziblogs.com/18509734/los-no-venta-de-bebidas-alcoholicas-a-menores-de-edad-diarios